27/12/2012 15:14:00
La Corte Suprema decidió que los cuatro imputados por la muerte de seis niños y por los daños irreversibles que generó la mala composición de un suplemento alimenticio a otras 59 personas; cumplan sus penas en libertad.
La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó las condenas sin privación de libertad contra los ex ejecutivos de B Braun Medical, acusados de delitos contra la salud pública, en el denominado Caso ADN. La Sala Penal del tribunal máximo del país, en forma unánime, desechó los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia del Tribunal Oral de San Bernardo que aplicó un castigo de hasta 4 años de libertad vigilada a los imputados. Se trata de Ezio Olivieri, ex jefe de control de calidad; Egon Hofman, jefe de planta; el ex gerente general del laboratorio, Robert Oiteker, y Juan Cristóbal Costal, ex gerente de exportaciones. De esta manera la Corte Suprema mantuvo la decisión de no considerarlos responsables de la muerte directa de 6 menores y el daño irreversible de otras 59 personas por consumir ADN-Nutricomp entre mayo de 2007 y enero de 2008. La jefa regional de la Fiscalía Metropolitana Occidente, Solange Huerta admitió que el juicio oral no determinó el actuar doloso de los ex ejecutivos, pero "también destacamos que igualmente hay condenas por la salud pública, lo que es inédito en Chile y eso también obedece a un trabajo de la Fiscalía, codo a codo con las familias de las víctimas", dijo la persecutora. Huerta manifestó que "este fallo recae en el juicio oral más largo de la reforma procesal penal en Chile. Acá hubo un enorme desgaste de las víctimas que necesitaban una respuesta. Nosotros como fiscalía siempre sostuvimos que no solamente habían delitos contra la salud pública, sino que además estos habrían ocasionado un resultado: Habían afectado efectivamente la salud de una parte de la población. Eso ha sido desestimado. Con esto se pone término definitivo a este juicio y nosotros como institución acatamos lo resuelto por la Corte Suprema". Agregó que "destacamos que igualmente hay condenas por delitos contra la salud pública, eso es inédito en Chile. Eso también obedece a un trabajo que realizó la Fiscalía en forma muy seria y muy responsable. Quiero hacer presente que en esto estuvimos trabajando más de cuatro años como institución, codo a codo con las víctimas, porque ellas necesitaban una respuesta. Nosotros esperábamos que esa respuesta fuese más severa. Pero también entendemos que estos delitos tienen penas bajas en nuestra legislación y por ende lo que se ha obtenido es lo que conforme a la ley se podía obtener". Por su parte, el defensor de los ex ejecutivos, Luis Ortiz Quiroga admitió que no quedó satisfecho con la sentencia, ya que insistió que en todo el caso "hubo siempre culpa, negligencia, jamás mala fe, nunca hubo intención de dañar o que niños en una situación particularmente vulnerables pudieran morir. Todos los hechos partieron por una situación fortuita" al explicar el supuesto error cometido en el ingreso a la máquina procesadora de la "fórmula" del complemento alimenticio.
La Corte Suprema decidió que los cuatro imputados por la muerte de seis niños y por los daños irreversibles que generó la mala composición de un suplemento alimenticio a otras 59 personas; cumplan sus penas en libertad.
La Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó las condenas sin privación de libertad contra los ex ejecutivos de B Braun Medical, acusados de delitos contra la salud pública, en el denominado Caso ADN. La Sala Penal del tribunal máximo del país, en forma unánime, desechó los recursos de nulidad interpuestos contra la sentencia del Tribunal Oral de San Bernardo que aplicó un castigo de hasta 4 años de libertad vigilada a los imputados. Se trata de Ezio Olivieri, ex jefe de control de calidad; Egon Hofman, jefe de planta; el ex gerente general del laboratorio, Robert Oiteker, y Juan Cristóbal Costal, ex gerente de exportaciones. De esta manera la Corte Suprema mantuvo la decisión de no considerarlos responsables de la muerte directa de 6 menores y el daño irreversible de otras 59 personas por consumir ADN-Nutricomp entre mayo de 2007 y enero de 2008. La jefa regional de la Fiscalía Metropolitana Occidente, Solange Huerta admitió que el juicio oral no determinó el actuar doloso de los ex ejecutivos, pero "también destacamos que igualmente hay condenas por la salud pública, lo que es inédito en Chile y eso también obedece a un trabajo de la Fiscalía, codo a codo con las familias de las víctimas", dijo la persecutora. Huerta manifestó que "este fallo recae en el juicio oral más largo de la reforma procesal penal en Chile. Acá hubo un enorme desgaste de las víctimas que necesitaban una respuesta. Nosotros como fiscalía siempre sostuvimos que no solamente habían delitos contra la salud pública, sino que además estos habrían ocasionado un resultado: Habían afectado efectivamente la salud de una parte de la población. Eso ha sido desestimado. Con esto se pone término definitivo a este juicio y nosotros como institución acatamos lo resuelto por la Corte Suprema". Agregó que "destacamos que igualmente hay condenas por delitos contra la salud pública, eso es inédito en Chile. Eso también obedece a un trabajo que realizó la Fiscalía en forma muy seria y muy responsable. Quiero hacer presente que en esto estuvimos trabajando más de cuatro años como institución, codo a codo con las víctimas, porque ellas necesitaban una respuesta. Nosotros esperábamos que esa respuesta fuese más severa. Pero también entendemos que estos delitos tienen penas bajas en nuestra legislación y por ende lo que se ha obtenido es lo que conforme a la ley se podía obtener". Por su parte, el defensor de los ex ejecutivos, Luis Ortiz Quiroga admitió que no quedó satisfecho con la sentencia, ya que insistió que en todo el caso "hubo siempre culpa, negligencia, jamás mala fe, nunca hubo intención de dañar o que niños en una situación particularmente vulnerables pudieran morir. Todos los hechos partieron por una situación fortuita" al explicar el supuesto error cometido en el ingreso a la máquina procesadora de la "fórmula" del complemento alimenticio.