05/02/2013 12:04:00
El Tercer Juzgado Civil de Santiago determinó que el Servicio de Vivienda y Urbanismo tuvo responsabilidad en las deficiencias de la construcción de las viviendas de los 674 vecinos de la villa Bernardo Leighton de Puente Alto, afectadas por las filtraciones de las lluvias de 1997.
El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) a pagar una indemnización de $ 1,5 millón a cada uno de los 674 vecinos de la villa Bernardo Leighton de Puente Alto, cuyas casas conocidas como Copeva quedaron dañadas por las lluvias de 1997. La jueza Soledad Araneda determinó la responsabilidad del Serviu en las deficiencias de construcción de las viviendas realizadas por la empresa Copeva y que resultaron afectadas por las filtraciones. “No puede menos que desprenderse que el Serviu Metropolitano ha incurrido en falta de servicio, en los términos razonados previamente, pues aún siendo efectivo que el contrato de construcción de las viviendas de la Villa Bernardo Leighton de la comuna de Puente Alto, se celebró entre los entes organizadores y la Empresa Constructora Copeva Limitada, no es menos cierto que corresponde en este caso al Serviu Metropolitano la ejecución de las políticas habitacionales de los sectores más vulnerables de la sociedad, debiendo haber desplegado todas las herramientas pertinentes para el adecuado desarrollo de su política habitacional, lo que no hizo en modo alguno", dice el fallo.
El Tercer Juzgado Civil de Santiago determinó que el Servicio de Vivienda y Urbanismo tuvo responsabilidad en las deficiencias de la construcción de las viviendas de los 674 vecinos de la villa Bernardo Leighton de Puente Alto, afectadas por las filtraciones de las lluvias de 1997.
El Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) a pagar una indemnización de $ 1,5 millón a cada uno de los 674 vecinos de la villa Bernardo Leighton de Puente Alto, cuyas casas conocidas como Copeva quedaron dañadas por las lluvias de 1997. La jueza Soledad Araneda determinó la responsabilidad del Serviu en las deficiencias de construcción de las viviendas realizadas por la empresa Copeva y que resultaron afectadas por las filtraciones. “No puede menos que desprenderse que el Serviu Metropolitano ha incurrido en falta de servicio, en los términos razonados previamente, pues aún siendo efectivo que el contrato de construcción de las viviendas de la Villa Bernardo Leighton de la comuna de Puente Alto, se celebró entre los entes organizadores y la Empresa Constructora Copeva Limitada, no es menos cierto que corresponde en este caso al Serviu Metropolitano la ejecución de las políticas habitacionales de los sectores más vulnerables de la sociedad, debiendo haber desplegado todas las herramientas pertinentes para el adecuado desarrollo de su política habitacional, lo que no hizo en modo alguno", dice el fallo.