07/05/2015 12:27:00
También seguirá acciones legales contra doce empresas por infringir la ley en su publicidad.
En vísperas del Día de la Madre, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC)anunció que denunciará a seis marcas de chocolates por incumplimientos en el rotulado y a doce por infringir la ley en su publicidad.
Los principales problemas en el etiquetado de los chocolates se concentraron en el idioma, en el tamaño de la letra ilegible o no proporcional al envase y la inconsistencia entre los valores
nutricionales de la etiqueta original y la etiqueta superpuesta.
Para realizar el estudio, el Sernac consideró las siguientes marcas: Hershey's, Milka, Garoto (Batón,)Coeur de Swisse, Karina, Nestlé (Trencito), Costa (Bambino), Cadburry, Ritter Sport Valor, Ambrosoli, Arcor.
Al analizar la información, se pudo concluir que 6 de las marcas presentaron un cumplimiento del 100% en cada uno de los criterios considerados.
No obstante, las otras 6 marcas presentaron un cumplimiento entre un 91,7% y un 95,7%. Los aspectos incumplidos tienen que ver principalmente con rotulación en un idioma diferente al castellano, el tamaño de la letra era ilegible o no proporcional al envase, o existe inconsistencia entre los valores nutricionales de la etiqueta original y la etiqueta superpuesta.
Ante esta situación, el Sernac denunció ante la justicia a los locales e importadores para que se les apliquen el máximo de las multas y ajusten el rotulado de estos productos a los estándares que establece la normativa en el país.
Hay que recordar que los consumidores tienen derecho a que los productos estén correctamente rotulados, esto incluye que tengan información en castellano, que indique el uso para el que está destinado y tenga advertencias e instrucciones para su uso seguro.
Asimismo, la información presente en el rotulado no debe inducir a error o engaño a
los consumidores y ésta debe ser posible de comprobar.
Sobre el reporte publicitario, el Sernac realizó un análisis de 58 piezas publicitarias de 49 empresas de 13 mercados, que exhibieron productos vinculados con el Día de la Madre, entre el 27 de abril y 5 de mayo.
Allí se detectó que 17 piezas infringen la Ley del Consumidor, de éstas 10 contienen la frase "Hasta agotar stock", la cual deja en ambigüedad absoluta al consumidor destinatario de la promoción. Otras faltas corresponden a la información en el caso de promociones y ofertas y presencia de letra ilegible por tamaño y contraste.
La Ley del Consumidor establece que los consumidores tienen derecho a tresopciones, el llamado 3x3: al cambio del producto, la reparación gratuita o la devolución de lo pagado, durante los tres primeros meses de la compra. Es el consumidor quien elige una de esas opciones y no la empresa.
Los carteles o timbres en las boletas donde la empresa diga no responder por cambios o devoluciones, no tienen valor. Es el consumidor, y no la empresa quien elige cómo ejercer su garantía.
Las empresas no pueden poner barreras en el ejercicio de este derecho, como permitir el cambio o devolución del dinero bajo la condición de restituir los envases originales o cobrar por ello.
Para ejercer su garantía legal, el consumidor debe tener las mismas facilidades que tuvo al comprar, por ejemplo, no pueden limitarlo a horarios específicos o derivarlos a otros locales.
Para ejercer el derecho a garantía, los consumidores deben presentar la boleta o factura, o cualquier otro documento que acredite la compra, por ejemplo, la póliza
de garantía timbrada.